(HISTORICO) Juez uruguayo intima a Presidencia de la República, Ministerio de Salud Pública, Pfizer y ASSE a entregar información detallada y minuciosa sobre composición y demás detalles de las mal llamadas “vacunas” contra el supuesto “covid19”
Por Alberto Raimundi 07.07.2022
El pasado viernes 1° de julio fueron presentadas en la Justicia uruguaya dos demandas, Acciones/Recursos de Amparo, que recayeron en el Juez Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de cuarto turno, subrogante durante la Feria Judicial, Dr. Alejandro Recarey Mastrángelo.
La primera presentación fue realizada por el abogado Dr. Maximiliano Dentone Méndez, quien demanda a Presidencia de la República, Ministerio de Salud Pública, Pfizer y la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y solicita la suspensión inmediata de la vacunación a niños menores de 13 años en Uruguay, hasta el momento en que quede comprobado que no existe perjuicio alguno para la salud derivado del acto de efectuar estas inoculaciones. En la denuncia se incluye, entre otro, material probatorio del científico Pablo Campra, y se solicita la declaración del titular del Ministerio de Salud Pública, Daniel Salinas. Dentone no demanda a ningún particular, ni al laboratorio Pfizer, productor de la “vacuna” administrada.
Simultáneamente a éste, hay otro Amparo semejante, presentado por otros actores unas horas más tarde. En este segundo pedido de Amparo -dirigido contra Presidencia y contra el Ministerio del Interior, entre otros- se está pidiendo que se exija al Ministerio de Salud Pública que brinde el control de la composición real de las “vacunas”, para que los demandantes puedan dar su aprobación o no a la vacunación en base a información precisa. También se pide eliminar determinados requisitos de ingreso al país en base al estatus respecto de la vacunación.
Se trata pues de dos Recursos de Amparo distintos, uno con prueba testimonial y el otro no. El pedido de Dentone llegó primero a manos del juez Recarey, por cuestión de unas horas.
La Acción de Amparo abre un procedimiento de muy rápido trámite. Procede contra cualquier persona física o jurídica, pública o privada, en defensa de derechos de rango constitucional, efectivamente lesionados, restringidos o aún simplemente amenazados. No corresponde contra actos jurisdiccionales o de la corte electoral, por ejemplo, ni contra normas de jerarquía legal.
Una vez presentada la demanda, el juez analiza su admisibilidad. Si decide darle curso, debe convocar a una audiencia dentro del tercer día de presentada la demanda. En esa audiencia el juez, además de recabar la ratificación de la pretensión, escucha a los demandados, y fija el objeto del procedimiento y de su prueba. Diligenciando la pendiente (testigos, oficios, pericias, etc.). Todo en lo que es formalmente una única instancia oral, técnicamente una sola, aunque dure más de una jornada. Luego debe dictar sentencia de inmediato o, como máximo, solo 24 horas después. La sentencia puede ser apelada. Pero aún así, y hasta que un Tribunal superior decida lo que entienda pertinente, ésta debe ser cumplida a rajatabla.
Además, cuando recibe la demanda, a pedido de parte o por su iniciativa puede disponer medidas cautelares o también mandatar el diligenciamiento de las pruebas que el estime pertinentes por su libre iniciativa inquisitiva, extremo éste que se consideró en el caso, aún cuando hay quienes lo discuten teóricamente. Esto fue lo que se hizo en el dispositivo producido en este expediente. Esta es una sentencia interlocutoria, vale decir, una resolución que decide un punto intraprocesal; pero no el fondo del asunto. Lo que juez está haciendo aquí, es disponer prueba. Pero no está tomando una decisión sobre lo que en sustancia se solicita. No todavía.
El juez admitió las demandas, y decretó, el viernes 1 de julio, en base a la denuncia de Dentone, por ingresar antes que la otra, se notificó el lunes de mañana y la audiencia ocurrió ayer, miércoles 6.
En el decreto, el juez Recarey intimó a Presidencia de la República, Ministerio de Salud Pública, Pfizer y ASSE a que, en un plazo de 48 horas, respondan una larga y exigente serie de interrogantes sobre las “vacunas” ARNm que se aplican a la población.
A continuación, el texto completo del decreto 1189-2022 del juez Dr. Alejandro Recarey, emitido el viernes, que se notificó el pasado lunes 4 de julio 2022:
Entrevista al Dr. Maximiliano Dentone Méndez en el programa radial “El Ecologista” conducido por César Vega en CX 12 Radio Oriental y Némesis Radio (03.07.2022)
El Dr. Gustavo Salle Lorier analiza detallada y minuciosamente la trascendencia histórica de la presentación realizada y del Decreto (1189-2022) del juez Dr. Alejandro Recarey (02.07.2022)
Como raramente sucede, este magistrado ha generado todo tipo de adhesiones y manifestaciones positivas, de parte de ciudadanos de a pie y de grupos, como es el caso, entre varios otros, de Salto en Salud Libertad Social:
Esta situación puso muy nerviosa a mucha gente, fundamentalmente a todos los estamentos del poder y al periodismo hegemónico y mercenario en Uruguay. Y no solo en Uruguay, ojo. No entiendo por qué, ya que lo solicitado, simplemente información detallada y demostrada, en el Decreto (Sentencia) emitido por el Dr. Alejandro Recarey es, ni más ni menos, lo que se debió hacer desde un comienzo, no sólo con respecto a las “vacunas” que fue una etapa posterior, de esta pantomima que llamaron “pandemia” y a través de la que aterrorizaron al mundo entero. Este detalle de información que solicita el magistrado uruguayo, debió exigirse siempre y en todos los aspectos que impulsaron a este engaño. Antes de obligar a la población a cumplir “medidas sanitarias” incoherentes, todas perjudiciales para la salud y violatorias de los derechos fundamentales de las personas, debieron presentar información científica, exhaustiva, seria e irrefutable, demostrando todo lo que nos decían que estaba pasando, vale decir, en primera instancia sobre la propia existencia del “sars-cov-2” que jamás fue demostrado con evidencia científica, luego sobre la eficacia de los “test pcr” que claramente no sirven para nada, también sobre la eficacia de los bozales, esos trapos sucios que obligaron a ponerse en la cara a todo el mundo, y además demostrar fehacientemente que no dañan la salud, y tantas cosas más, que fueron la génesis de este engaño, y la base sobre la que se justificó la posterior inoculación con estas sustancias de dudosa composición, procedencia y objetivos.
Desde el momento mismo en el que trascendió esta noticia el pasado viernes, los corruptos gobernantes y sus alcahuetes y operadores mediáticos, divulgadores del relato oficial y periodistas mercaderes, pusieron en marcha toda la maquinaria cínica e infame para ridiculizar y desacreditar al mismísimo juez y a todos aquellos interesados genuinamente en conocer una verdad que debió conocerse desde el día 1.
Un claro ejemplo, solo uno entre muchos otros, la mayoría, es este impresentable, poco serio e irresponsable, mal llamado periodista:
Pobre muchacho, por unos pesos esta dispuesto a dar lástima de esta manera. La función del periodismo, el de verdad, que es un oficio y no una carrera universitaria en la que te adoctrinan, existe para decir lo que el poder no quiere que se sepa. De otra manera, no hay razón para que exista. Para difundir el relato oficial, están los órganos de prensa de las diferentes instituciones. Por supuesto que es un oficio que hay que ejercer con responsabilidad, honestidad intelectual, rigurosidad, buscando la verdad, investigando, chequeando, estudiando, conociendo. Todo lo que este señor, y la mayoría de los que cumplen funciones periodísticas en medios hegemónicos, no hacen.
¿Cómo un periodista puede estar en contra de la información detallada, exhaustiva e irrefutable sobre algo tan importante como la salud de todo un pueblo? No se me ocurre otra razón que el interés económico. Y creo que no hay más razones que esas. Podemos hilar mas fino, y pensar en que la intención es mantener un trabajo o una posición social privilegiada con respecto a otras, lo que no deja de tener motivaciones económicas.
¿Qué sería ser “antivacunas”? Es claro que es un término peyorativo, para generar un efecto de rechazo en la opinión publica, ya que a través del adoctrinamiento y la manipulación, desde que nacemos nos enseñan que “las vacunas salvaron al mundo”. Lo que es una falacia, como tantas otras que nos imponen desde niños. Pero esa es otra discusión. Lo claro acá es que se quiere demonizar lo que está bien. Siempre buscar la verdad es lo que está bien.
¿Por qué se ponen nerviosos y a la defensiva por una simple requisitoria de información? Y acá no solo entra el periodismo, sino fundamentalmente los funcionarios públicos.
Estos son los datos de positivos, fallecidos y vacunados del año 2020 y del 2021 en Uruguay, según registros oficiales del mismísimo Ministerio de Salud Pública (MSP):
Aunque podríamos presentar más datos y detalles e información, porque la hay y en cantidades, no hace falta, con estas simples pero rotundas cifras ya nos podemos preguntar: ¿No debería ser un pedido de todas las personas conocer la verdad en el máximo nivel de detalle? Eso, y nada más que eso, es lo que solicita el Dr. Alejandro Recarey, en primera instancia.
Lo concreto es que este miércoles comenzó el proceso judicial encabezado por el juez Alejandro Recarey por el Recurso de Amparo presentado contra la vacunación “anticovid” en niños. Un nutrido grupo de ciudadanos uruguayos, preocupados por la salud de sus seres queridos y de sus compatriotas en general, se auto convocaron en el lugar para apoyar a los abogados denunciantes y al juez Recarey.
Ante la sede judicial han comparecido jerarcas de Presidencia, de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y del Ministerio de Salud Pública (MSP), con el fin de brindar información acerca de los contratos con los laboratorios que vendieron dosis a Uruguay y la composición de las vacunas. Aunque no lo hicieron.
El juez intimó a Presidencia de la República y al MSP a que “presente amplio detalle del contenido de las vacunas Pfizer pediátrica de referencia, según surge del contrato de compra, textualmente; o en su caso que exprese si la confidencialidad expresamente alcanza a este detalle”, de acuerdo a lo que indicó el Poder Judicial.
Los detalles sobre la composición de la vacuna deberán ser presentados este jueves a las 9.00, hasta cuando se resolvió posponer la audiencia para que las partes puedan dar sus alegatos.
Parte de la información que solicitaba el recurso de amparo al que dio lugar el juez Recarey relativo a la vacunación “anticovid” llevada adelante en Uruguay implicaba que el gobierno diera a conocer los contratos que selló con las diferentes compañías que vendieron dosis al país. Sin embargo, en el escrito presentado ante la Justicia por parte del MSP y Presidencia de la República se asegura que es imposible responder a esta solicitud, dado que esos documentos poseen una cláusula de confidencialidad que no le permite al Estado uruguayo divulgarlos. “En caso de divulgación de cláusulas confidenciales se sometería a la República Oriental del Uruguay a la incertidumbre de cómo afrontar otras enfermedades, pues seguramente recaerán consecuencias económicas y de carencia de estas vacunas y de otras”, asegura el escrito dado a conocer este miércoles. Se agrega que en este caso también implicaría el “descrédito internacional” para Uruguay. En la misma línea, el riesgo a corto plazo de divulgar los contratos con las farmacéuticas es que éstas opten por cortar el suministro de dosis ya adquiridas y cuya entrega puede estar pendiente.
Lejos de acercar información, el MSP y Presidencia de la República acusaron al juez Recarey de no ser imparcial y sostuvieron que “debería excusarse de participar” del proceso. “Por haber dado ciertas opiniones previamente, debería excusarse de participar”, indican los abogados que representan al gobierno en un recurso divulgado este miércoles por el MSP y que se presentó ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 4° Turno. “La anterior afirmación, no resulta un embate personal sin elementos, sino que, muy por el contrario, se encuentra más que fundada y se realiza con el máximo respeto, siendo derecho de nuestras representadas acceder a la Justicia efectiva, lo cual conlleva a la necesidad de que exista un magistrado que no haya emitido juicios de valor previos, que puedan teñir el caso en debate y producir violaciones al debido proceso”, agrega el documento. Para los abogados Recarey “debería excusarse de actuar, por haber dado opiniones previas, tanto relativizando los efectos y gravedad de la pandemia, como cuestionando el rol de la ciencia, de la Administración, de los profesionales de la salud y de ciertas empresas, entre las que estarían comprendidos los laboratorios”.
El magistrado no hizo lugar al pedido. “No hay un hilo lógico que lleve a pensar que un juez que desea claridad para fallar, sea por eso solo parcial”, afirmó Recarey.
Por otra parte, el MSP desarrolló una serie de fundamentos para contestar los puntos presentados en la acción de amparo, al tiempo que defendió la campaña de vacunación contra el Covid-19.
“El poder Ejecutivo en todo momento actuó salvaguardando y protegiendo los derechos humanos, defendiendo la libertad de los padres, adultos responsables de menores de edad, y adolescentes con autonomía progresiva de la voluntad, de ser vacunados si así desean”, indicó la cartera en un comunicado.
Además, aseguró que la actuación del juez constituyó una “clara violación” a la separación de poderes, invadiendo potestades sanitarias a cargo del Poder Ejecutivo.
“Las vacunas fueron aprobadas y registradas a nivel nacional. Las vacunas son eficaces y seguras”, remarcó la cartera. A su vez, sostuvo que las vacunas lograron disminuir la mortalidad y los contagios, “son un mecanismo para proteger la vida”.
Por último, el MSP señaló que el plan de vacunación “fue implementado para mitigar la pandemia, el Poder Ejecutivo actuó bajo las potestades que le confiere la Constitución y la ley”.
El gobierno uruguayo esgrimió todas estas excusas berretas, a pesar de que la disposición del presidente Luis Lacalle Pou era “que se responda siguiendo uno de los principios simbólicos que ha buscado imprimir a su gestión: la transparencia con los datos”. Por eso el secretario de Presidencia, Álvaro Delgado, había dicho en rueda de prensa que el gobierno “va a dar la cara” y contestar las preguntas -al menos una mayoría- trasladadas por Recarey. “(Vamos) a dar toda la información que se tiene que dar. Si algo hemos hecho durante estos dos años tan difíciles que sufrimos los uruguayos es ser transparentes con la gente, dar información permanentemente: lo bueno, lo malo (y) los riesgos”, señaló Delgado. Y se hará con el convencimiento de contar con el respaldo científico en todos los niveles, siguió. “No debe haber en la historia del Uruguay una decisión de gobierno que tenga discusión y aval científico como el hecho de vacunar para el covid-19, con diferentes plataformas, a diferentes grupos de población”, había el jerarca. También se supo que, en el Poder Ejecutivo tenían la seguridad de que todos los elementos que expondrían en el juzgado serían incontrastables, aunque en este momento no se tenga plena confianza en la ecuanimidad de Recarey, porque entienden que el magistrado ya dio muestras de tener cierta inclinación a priori en el tema. “Sabemos que es un juez antivacunas”, dijeron. Lindos términos para funcionarios públicos que se deben a todos los ciudadanos, y no solo a los que estás de acuerdo con sus medidas.
Por lo que por estas horas en el gobierno está la preocupación por la eventualidad de que Recarey “frene la vacunación a los niños”, especialmente la de aquellos que tienen “comorbilidades”, pese que hasta el momento los menores que tienen entre cinco y 11 años constituyen la franja etaria de la sociedad que presentó la menor adhesión a la inoculación. Raro, ya que ha quedado claro, según la propia información oficial, que los niños jamás corrieron riesgos con esta supuesta enfermedad.
En definitiva, puras palabras cínicas y vacías, como las de todos los politiqueros habidos y por haber, porque en concreto no contestaron nada y enviaron abogados a interponer todo tipo de evasivas.
La pregunta sigue siendo ¿Qué están ocultando? Solo los delincuentes se esfuerzan por ocultar la información, ya que esta los incrimina. Pero si es como dice el gobierno ¿Qué problema hay con entregar todo lo que se pide? Que además es lo lógico y razonable para cualquier situación. ¿O será que no puede responder nada de lo que se les pide y mucho menos en la forma en la que se pide? Tal vez, porque algunos sabemos que lo único que hicieron, al igual que en el resto del mundo, fue hacer caso ciegamente al poder real, a cambio de más endeudamiento, y a costa de entregar a sus pueblos y poner en riesgo los recursos nacionales.
Este jueves, en tanto, el ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, deberá presentar las respuestas a las 18 preguntas que le realizó el juez en el marco de la indagatoria.
Luego de escuchar a los testigos presentados e incorporar en autos los documentos respectivos, el Dr. Alejandro Recarey ha decretado esta mañana de miércoles 6 de julio interrogar directamente al Ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, especificando una serie de 18 preguntas que tienden a averiguar las previsiones que el Ministerio ha tomado, en representación de la salud de la población uruguaya, ante las sustancias que el propio Ministerio y el gobierno y oposición promovieron en conjunto para inoculación masiva.
En particular, la línea del interrogatorio parece buscar aclarar si el MSP tiene información independiente de la brindada por la corporación farmacéutica Pfizer, fabricantes de la vacuna, o si se ha preocupado por buscarla o generarla por sí mismo.
El Juez Dr. Alejandro Recarey ha solicitado al titular del Ministerio de Salud Pública, Dr. Daniel Salinas, que conteste en un plazo perentorio (hasta mañana jueves a las 9) si la estrategia del gobierno uruguayo fue meramente seguir las indicaciones y resultados de la compañía Pfizer -fabricante de la vacuna del mismo nombre-, o si hizo estudios científicos propios, a la hora de autorizar el uso masivo de la vacuna de tecnología ARNm contra Covid-19.
Para ello, ha detallado la inquisitoria en 18 preguntas concretas. En prácticamente todos los casos, lo que la Justicia busca averiguar es si el Gobierno y el Ministerio verificaron por sí mismos, realizando los estudios científicos independientes y propios que corresponden, la eficacia y seguridad de las sustancias inoculadas; si se hizo control de calidad de las partidas enviadas al país por las empresas; si todas las partidas inoculadas eran idénticas y cómo se contató ese extremo; y si el MSP “hizo un seguimiento de vacunados y de un grupo de control de no vacunados para conocer tasas de infección, reinfección y muerte en ambos grupos, obteniendo datos de valor estadístico y generalizables“.
También se inquiere en base a qué estudios específicos se asegura que la proteína spike -expresada en células del propio cuerpo luego de recibir las vacunas de tecnología ARNm- no ocasiona los efectos secundarios que han sido denunciados por fuentes científicas independientes a nivel mundial. Estos efectos están siendo estudiados por múltiples grupos científicos en el último año. En el mes de junio, la Revista Extramuros ha reunido y publicado los links a más de 1000 estudios científicos publicados en ese lapso sobre la materia, en las principales revistas científicas de la tierra.
En la inquisitoria ampliada del Juez Recarey también se exige al Ministerio de Salud Pública que responda si es el Covid-19 “una enfermedad definible como alta o significativamente agresiva para los niños, si les causa, promedialmente, efectos graves, o si, en cambio, hay predominancia de efectos leves en la población infantil. Al parecer lo que subyace a esta pregunta es el deseo de encontrar una respuesta oficial sólida al problema de la relación costo-beneficio en la inoculación, en este caso de niños.
Para todos sus nuevos interrogantes, el Juez Recarey remarca la necesidad de saber si el Ministerio de Salud Pública y el gobierno nacional pueden respaldar sus políticas de inoculación masiva recomendada, en estudios científicos eficaces, diseñados con metodología sólida y controlable, y llevados a cabo sobre la población del país. Y si estos estudios fueron efectuados, pregunta la Justicia, por quiénes, cuándo, y con qué resultados. También se inquiere si se han seguido estudios internacionales independientes -o si, en cambio, se ha seguido las conclusiones emitidas por el fabricante de la vacuna, la multinacional farmacéutica Pfizer, entregadas oportunamente a la FDA.
La Justicia inquiere, finalmente, las razones por las cuales el Estado descartó (“en la práctica”) el “informe del “Comité de Farmacología y Terapéutica de la Sociedad Uruguaya de Pediatría”, de fecha 9.XI.2021 (y fimado por siete docentes universitarios), que apuntaba a los riesgos de la vacunación en menores de 12 años de edad“.
Obedeciendo al carácter “sumarísimo” del procedimiento de amparo, el juez Alejandro Recarey ha dispuesto que, a las anteriores preguntas, debe solicitarse “personalmente la respuesta de Daniel Salinas por alguacil y/o actuaria en su domicilio laboral”, especificando que “LA RESPUESTA DEBERÁ ESTAR EN CONDICIONES DE SER AGREGADA A LOS AUTOS PARA MAÑANA A LAS 9.00 HORAS.”
A continuación el nuevo decreto emitido por la Justicia, que lleva el número 1197-2022
En fin, veremos como sigue esta historia, aunque ya esta claro que el gobierno uruguayo va a hacer todo lo posible para evadir sus obligaciones para con el pueblo y evitar a toda costa decir la verdad.
Y lo que también está claro es que el Juez Alejandro Recarey de Uruguay y el Juez Federal Alfredo Lopez de Mar del Plata, Argentina, son los únicos jueces del mundo que son vitoreados en la puerta de sus juzgados, por ciudadanos agradecidos por su vocación, valentía y firmeza. Ese es el camino de la verdad y la justicia.